Detalle de incidencia

Categoría:
SUGERENCIA
Estado:
Resuelta

#5234 31/03/2021

Gonzalo comentó:

Buenos días, Hace unos días envié una sugerencia en referencia al paso de una barredora de calle por la calle Muelle Tomas Olabarri a la 6:30 de la mañana. La primera sugerencia exponía que hay varias barredoras que pasan durante el día y en concreto la que pasa a las 6:30 supone un problema para el descanso de todos los vecinos de la zona. Ante esta sugerencia la respuesta recibida es que se tratan de barredoras diferentes y cada una tiene su zona de limpieza. Recapitulada la primera interacción, y tras varios días de reflexión e investigación quería reiterar en las molestias que supone que este aparato circule a las 6:30 de la mañana. Nuestra sugerencia es que se modifique la hora de paso de la barredora por la zona, bien realizando la limpieza a las 6:30 en una zona donde no moleste a viviendas residenciales como es esta (donde la gran mayoría de los vecinos se encuentra descansando) o bien retrasando la salida de limpieza de la barredora (por ejemplo a las 9:00). Para sostener esta sugerencia, nuestro planteamiento se basa en varios argumentos: En primer lugar, hasta las 7:00 nos encontramos en la franja horaria de noche según la normativa acústica, donde se debería mantener un nivel promedio anual nocturno (Ln) de 55 dbA (véase Decreto 213/2012 de contaminación acústica del País Vasco y el documento de zonificación acústica del ayuntamiento de Getxo). La presencia de esta máquina circulando durante 1h (pongamos que sale a las 6:00) supone que mantener estos niveles sea un reto difícil de cumplir, ya que el nivel de ruido que emite es en los mejores casos de 70 dbA a lo que hay que sumarle el ruido de ambiente (que de por sí no se encuentra muy por debajo de esos 55dbA). En segundo lugar, y también acudiendo a la normativa de ruidos local, estas máquinas emiten como comentaba más de 70dbA, y según la ordenanza municipal de ruidos y vibraciones el nivel máximo de ruido a emitir suponiendo que esta actividad queda enmarcada en el grupo 1 del artículo 3 de esta ordenanza es de 30dbA en horario nocturno. Por último, se pueden consultar (en internet mismamente) varios artículos y jurisprudencia en los cuales se exponen situaciones similares a la que estamos intentando proponer en esta carta, observando los reiterados fallos a favor de los demandantes en los tribunales (tanto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco como del Tribunal Supremo), incluso con indemnizaciones por el detrimento al descanso que supone el paso de estas máquinas en horas de descanso de las personas. La propuesta de esta carta es una sugerencia amistosa que apela al sentido común y busca solucionar el tema de manera razonable para todas las partes, ya que únicamente lo que buscamos es un correcto descanso y consideramos que lo que se solicita no es algo difícil de comprender. Dicho esto, debe quedar claro que si no se toman medidas la vía que inevitablemente deberemos utilizar es la judicial. Agradezco vuestra comprensión y quedo a la espera de vuestra confirmación sobre las actuaciones que el ayuntamiento pondrá en marcha de la manera más inmediata posible para solucionar el problema. Muchas gracias. Un cordial saludo, Gonzalo

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13/06/2021 Patricia dice: Vivo en otra zona, Algortako etorbidea, y comparto tu queja y soluciones. Aquí, pasan a las 3 de la mañana, a las 6, y en general, a todas horas. Ya hace años me queje con un video en el que se veían camiones de basura, los de la limpieza, etc., a cualquier hora de la noche haciendo ruido, e indique también las ordenanzas municipales. Pues ni caso. No quiero pensar mal de tanto trabajo ala noche pero me queda la duda de los trabajadores y el interés de las primas por nocturnidad. No se dan cuenta del cansancio físico y emocional que supone el no tener ni una noche en paz.

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